La admisión de alumnos para el próximo curso, sólo a través de internet

Las solicitudes se podrán presentar a partir del 25 de mayo y no se aportará documentación añadida, que se sustituye por una declaración responsable

Secretaría de un colegio, durante la desescalada de mayo. /jesús signes

Joaquín Batista, Las Provincias, 31/03/2021

La admisión de alumnos para el próximo curso arrancará el día 25 de mayo con el inicio del plazo para presentar las solicitudes, trámite que sólo se podrá realizar de forma telemática, es decir, a través de internet y del programa habilitado por la Conselleria de Educación.

El formato virtual ya se aplicó hace un año como consecuencia de la pandemia. De hecho se mantienen las mismas cautelas vinculadas con la crisis sanitaria: se evitan las reuniones de las comisiones de escolarización, asumiendo la inspección la gestión del proceso, y desaparece el papeleo, pues no habrá que presentar documentos acreditativos (se firmará una declaración responsable). Además, las reclamaciones serán online, así como la difusión de los resultados. Ya no se consultarán en el tablón de anuncios del centro, sino en la página web de la conselleria.

La solicitud, donde figuran los colegios que se piden y los criterios de baremación que se cumplen, se podrá rellenar hasta el 2 de junio, mientras que el 16 se conocerán las listas provisionales de admitidos, que serán definitivas el 30. En ESO y Bachillerato el plazo de presentación irá del 3 al 14 de junio y los listados se publicarán el 14 de julio (provisionales) y el 23 (definitivos). Las familias que no dispongan de medios telemáticos podrán hacer el trámite en el colegio elegido como primera opción.

Una vez conocido el centro de admisión el siguiente paso será formalizar la matrícula. Se podrá hacer entre el 1 y el 6 de julio para Infantil y Primaria y entre el 26 y el 29 del mismo mes para la ESO y Bachillerato.

En caso de que existan más solicitudes de acceso que plazas disponibles los puestos se deciden en función de los puntos que se suman por cumplir determinados criterios, como la proximidad del domicilio o la sede laboral (de 5 a 10 puntos), la existencia de hermanos en el centro (15) o de padres trabajadores (5), la renta familiar (entre 2 y 4 puntos), situaciones de discapacidad (4-7) y la condición de familia numerosa o monoparental (3-5).

Leave a reply